Consejo General de Educación

Identity area

Type of entity

Corporate body

Authorized form of name

Consejo General de Educación

Parallel form(s) of name

  • Consejo de Educación

Standardized form(s) of name according to other rules

    Other form(s) of name

      Identifiers for corporate bodies

      AR-A-ABHPS-ISAAR-CGE

      Description area

      Dates of existence

      1870-1993

      History

      El 9 de febrero de 1872 se dictó la Ley N° 27, mediante la cual se creó el Consejo de Instrucción Pública con el objeto de fomentar la educación popular. El organismo asumió desde su origen la función de proyectar las leyes de organización escolar, organizar el ramo administrativo y gestionar el fondo de escuelas. En la reforma constitucional de 1875, la dirección de las escuelas comunes quedó bajo la responsabilidad del Departamento de Instrucción Pública, que concentró la administración general y la dirección técnica del sistema. En 1877, la Ley N° 181 determinó las funciones de este Departamento, entre las que se destacaron la dirección de la instrucción primaria, el nombramiento y remoción de preceptores, y la conservación de los edificios escolares.

      A partir del 1 de enero de 1883, el Consejo General de Educación se convirtió en una repartición centralizada del Ministerio de Gobierno. Con la sanción de la Ley N° 31 de 1886, el Consejo asumió facultades específicas para fijar el mínimum de enseñanza, dictar reglamentos y programas, y administrar el fondo escolar. El organismo ejerció además la potestad de expedir certificados de magisterio y revocar títulos en casos de negligencia. El Director o Inspector General asumió la jefatura de los empleados, autorizó las órdenes de pago, inspeccionó las escuelas y vigiló el cumplimiento de las disposiciones reglamentarias. Por su parte, los Inspectores Seccionales realizaron las visitas permanentes a los establecimientos y elevaron la información técnica a la superioridad.

      En julio de 1889, la Ley N° 164 otorgó al Consejo autarquía institucional. A través de su Reglamento Interno de 1890, el organismo organizó su trabajo en comisiones de Hacienda, Reglamento y Didáctica. El Presidente asumió la representación externa, firmó cada acto administrativo y nombró a las comisiones examinadoras de aspirantes al magisterio. El Inspector Secretario redactó la correspondencia, vigiló el orden del archivo, autorizó los actos administrativos y tomó las estadísticas bimestrales y anuales de todas las escuelas públicas y privadas. Asimismo, el Contador registró los bienes patrimoniales y liquidó los sueldos, mientras que el Tesorero recibió los fondos y ejecutó los pagos ordenados.

      El Consejo ejerció también funciones de control social y fiscalización territorial. A través de las Comisiones Escolares y los Subinspectores de distrito, el organismo vigiló la conducta de los preceptores, proveyó mobiliario y útiles, e impulsó la formación de bibliotecas populares. El Consejo ejecutó además la obligatoriedad escolar mediante la realización del censo anual de niños y la aplicación de multas a padres y tutores, las cuales se hicieron efectivas mediante el apremio policial. En 1897, se incorporó la función de Inspección Higiénica y Médica para el control sanitario de los establecimientos.

      En 1954, la Ley N° 2973 reorganizó estas funciones y puso a cargo del Consejo la dirección técnica del régimen de educación integral y argentinista. El organismo asumió la responsabilidad de cumplir las leyes nacionales, dictar la administración contable, promover el conocimiento del folklore regional y facilitar la capacitación docente. El Presidente controló la inspección técnica, dirigió el trabajo de los inspectores de zona y dispuso la instrucción de sumarios administrativos. El Secretario Técnico centralizó la función administrativa de la Inspección, confeccionó la memoria anual y organizó los exámenes para alumnos libres. Finalmente, en 1995, la Ley N° 6.829 adecuó estas funciones a la estructura de la Ley Federal de Educación.

      Places

      Provincia de Salta
      Salta

      Legal status

      Functions, occupations and activities

      El Consejo General de Educación de Salta desempeñó funciones integrales de gobierno, administración y fiscalización del sistema educativo provincial, las cuales se categorizaron de la siguiente manera:
      Dirección y Administración General: Ejerció la dirección administrativa y técnica del régimen de educación común, especial y graduada. Dictó los reglamentos internos para las escuelas y para el personal administrativo, y formuló el presupuesto anual de gastos e ingresos de la repartición.
      Regulación Pedagógica: Fijó el "mínimum de enseñanza" y determinó los planes de estudio y programas tanto para las escuelas del Estado como para los establecimientos particulares. Estableció la división de grados, las épocas de exámenes y nombró las comisiones examinadoras. Además, autorizó los textos escolares y promovió la formación de bibliotecas y museos.
      Gestión de Recursos Humanos: Nombró, promovió, trasladó y removió al personal docente y administrativo. Expidió certificados de aptitud para el ejercicio del magisterio y tuvo la potestad de revocar títulos por mala conducta o negligencia. Reglamentó y dispuso conferencias pedagógicas para la capacitación de inspectores y maestros.
      Gestión Financiera y Patrimonial: Administró el Fondo Propio de Escuelas, compuesto por impuestos fiscales, herencias vacantes, multas y rentas de tierras públicas. Liquidó sueldos, registró los bienes patrimoniales y autorizó órdenes de pago y giros bancarios. Asimismo, gestionó la adquisición de terrenos, la construcción de edificios escolares y la conservación de los bienes muebles e inmuebles.
      Supervisión y fiscalización técnica: Organizó y controló el Cuerpo de Inspección para la visita permanente de los establecimientos. Vigiló la enseñanza, la disciplina y el cumplimiento de las disposiciones reglamentarias. A partir de 1897, asumió la inspección higiénica y médica de las escuelas para garantizar las condiciones sanitarias de los locales y del alumnado.
      Control Social y Obligatoriedad: Ejecutó el censo anual de niños en edad escolar y controló el cumplimiento de la obligatoriedad educativa. Gestionó el cobro de multas a padres y tutores por inasistencia o falta de inscripción, utilizando para ello el apremio de la fuerza policial.
      Fomento y Extensión: Promovió la difusión del folklore nacional y regional, fomentó la asociación de docentes y administró instituciones preescolares y colonias de vacaciones para niños carentes.

      Mandates/sources of authority

      La naturaleza jurídica del Consejo General de Educación de Salta se definió a través de un cuerpo normativo sucesivo que transformó su dependencia y personería:

      Ley N° 27 (1872-02-09): Estableció su creación como Consejo de Instrucción Pública, bajo un régimen de gestión municipal dependiente del Poder Ejecutivo provincial.

      Constitución Provincial (1875 y 1883): Elevó la educación común a rango constitucional, estableciendo su gratuidad y obligatoriedad. La reforma de 1883 determinó la centralización del organismo bajo la órbita del Ministerio de Gobierno.

      Ley N° 31 (1886): Funcionó como la primera ley orgánica de Educación Común, otorgando al Consejo facultades para el dictado de reglamentos, administración de fondos y control del magisterio.

      Ley N° 164 (1889): Representó el hito jurídico de mayor relevancia al otorgar al Consejo autarquía institucional, permitiéndole una gestión administrativa y financiera independiente de la cartera ministerial.

      Ley No 507 (1894): Formalizó el régimen de "Fondos Propios", otorgando al organismo la potestad de administrar recursos específicos (impuestos, herencias vacantes y multas).

      Ley No 2973 (1954): Reemplazó la normativa decimonónica, reestructurando el Consejo con un carácter técnico-docente y gremial, adecuándolo a los preceptos de justicia social y formación integral.

      Leyes No 3.338 (1958) y No 6.829 (1995): Marcaron la transición hacia la profesionalización del magisterio y la posterior adecuación a la Ley Federal de Educación nacional.

      Internal structures/genealogy

      La organización del Consejo General de Educación de Salta se estructuró a partir de una jerarquía centralizada que distribuyó sus funciones en niveles directivos, técnicos y locales:

      Presidencia: Ejerció la representación externa del organismo y funcionó como intermediario con otros poderes públicos. Presidió las sesiones, convocó a reuniones extraordinarias, nombró comisiones internas y autorizó con su firma los actos administrativos y órdenes de pago.

      Cuerpo de Vocales: Integró el Consejo como cuerpo colegiado. A partir de 1890, se dividió en tres comisiones permanentes para el despacho de asuntos específicos:

      Hacienda y Presupuesto.

      Reglamento, Estadística y Fomento.

      Didáctica, Inspección y Peticiones.

      Inspección General (Dirección): Funcionó como la jefatura técnica inmediata de todos los empleados. Tuvo a su cargo la formación de reglamentos, la determinación de registros estadísticos, la inspección de escuelas y la vigilancia de la enseñanza.
      Secretaría e Inspección General: Centralizó la gestión administrativa. El secretario redactó las actas, organizó el archivo, autorizó los actos administrativos y elaboró las estadísticas bimestrales, cuatrimestrales y anuales de escuelas públicas y privadas.
      Contaduría y Tesorería: El Contador registró los bienes patrimoniales y liquidó los sueldos y gastos. El Tesorero recibió los fondos, realizó los pagos ordenados y efectuó los depósitos en el Banco Provincial de Salta.
      Cuerpo Técnico de Inspección: Se compuso por Inspectores Seccionales y Técnicos encargados de la visita permanente a las escuelas. En 1904, se crearon los Inspectores Técnicos Zonales, dividiendo la provincia en cinco secciones (Capital, Orán, Rosario de la Frontera, Cafayate y Rosario de Lerma). En 1897, se incorporó la Inspección Higiénica y Médica.
      Administración Local (Distritos Escolares): Cada departamento de la provincia conformó un distrito. La gestión quedó a cargo de las Comisiones Escolares de vecinos (compuestas por presidente, secretario y tesorero) o, en su defecto, de un Subinspector de Distrito. Estas unidades ejecutaron los censos anuales, controlaron la asistencia y gestionaron las multas por obligatoriedad escolar en su jurisdicción.
      Cuerpo de directores y Preceptores: Constituyó la base operativa del sistema en las escuelas elementales y superiores, sujetos a la normativa y planes de estudio dictados por el Consejo.

      General context

      Relationships area

      Access points area

      Subject access points

      Place access points

      Occupations

      Control area

      Authority record identifier

      Institution identifier

      Rules and/or conventions used

      Status

      Level of detail

      Dates of creation, revision and deletion

      Language(s)

        Script(s)

          Sources

          Maintenance notes